Nuevas subvenciones para fomentar la conversión a indefinido de contratos para colectivos vulnerables

La Generalitat Valenciana acaba de convocar el nuevo ECOVUT 2021, cuyo objetivo fundamental será la concesión de subvenciones para fomentar, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, la conversión a indefinido de contratos temporales para colectivos vulnerables.

Así, se consideran parte de los colectivos vulnerables las siguientes personas:

  • Personas en situación o riesgo exclusión social.
  • Personas menores de 30 años.
  • Personas mayores de 50 años.
  • Personas con diversidad funcional.
  • Mujeres.

¿Quién puede solicitar estas subvenciones?

Podrá ser beneficiaria de estas ayudas cualquier entidad empleadora de naturaleza privada, incluidas las personas trabajadoras autónomas, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana.

No podrán solicitar las ayudas aquellas empresas que estén incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; a tal efecto, las entidades presentarán la correspondiente declaración responsable.

Tampoco podrán recibir la subvención las empresas consideradas dentro de las siguientes exclusiones.

Requisitos a tener en cuenta

Desde Duart-Ferrís queremos explicarte algunos de los detalles importantes que tienes que tener en cuenta antes de solicitar esta ayuda.

El primero es que para poder solicitar las ayudas, las personas vulnerables ocupadas con contratos de carácter no indefinido, deberán figurar inscritas como demandantes de empleo en LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación (motivo demanda: buscar empleo) hasta el momento de la conversión a indefinido de su contrato. Este requisito es fundamental ya que la Generalitat Valenciana entiende que no se cumplirá dicha condición si la inscripción se produce el día de la conversión.

Además, las empresas deberán tener en cuenta que la conversión a indefinido del contrato deberá efectuarse con posterioridad a la publicación del extracto de la presente convocatoria de subvenciones para el ejercicio 2021.

Por último, la persona trabajadora debe haber figurado de alta de manera ininterrumpida (mediante uno o sucesivos contratos) en la entidad empleadora durante al menos los 30 días previos a la conversión.

Cuantía de las subvenciones

El importe de la subvención ascenderá a 11.970 euros. Si en la persona contratada concurre adicionalmente la condición de mujer o de persona con diversidad funcional, el importe ascenderá a 13.300 euros; si concurre la de víctima de violencia sobre la mujer o la de persona con diversidad funcional severa, ascenderá a 26.600 euros.

Hay que considerar que los contratos a jornada parcial de las personas con diversidad funcional severa resultarán subvencionables con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda (contratos de al menos 15 horas semanales).

Por último, la liquidación de las ayudas se efectuará una vez justificadas las condiciones establecidas, librándose de una sola vez el importe de la ayuda concedida. No obstante, dichas ayudas quedan condicionadas a la existencia de crédito suficiente.

Plazos de Solicitud

El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de la convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana y finalizará el 30 de abril de 2021 (DOGV nº 9026 de 23/02/2021).

Con carácter adicional a este plazo general, las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la conversión objeto de la subvención.

Si deseas solicitar estas subvenciones, no dudes en contactar con nosotros para que te asesoremos en todo el proceso.

Foto de Negocios creado por freepik – www.freepik.es

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *