subvenciones

Ayudas en materia de comercio y artesanía

El objetivo de la convocatoria es impulsar, fomentar, apoyar y promover los sectores del comercio y la artesanía contribuyendo a la mejora de la competitividad, modernización, digitalización y sostenibilidad de estos sectores.

Plazo de presentación

Apertura el 09/06/2026 y cierre el 25/06/2026

Fondos

14.857.710€

Ámbito

Comunidad Valenciana

Quien puede pedirla

Podrán acogerse a las ayudas que se convocan, las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas descritas como pymes o micropymes, incluyendo las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia y que, en el caso del Programa de ayudas a pymes comerciales, ejerzan o vayan a ejercer la actividad comercial en la Comunitat Valenciana, en alguna de las actividades siguientes:

– CNAE (Real decreto 475/2007, de 13 de abril, CNAE-2009): sección G, división 47, excepto los grupos y las clases 4726, 473, 4773, 478 y 479.

– IAE (Real decreto ley 1175/1990, de 28 de septiembre): sección primera, división 6, agrupaciones:

– Agrupación 64, excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5.

– Agrupación 65, excepto el epígrafe 652.1 y los grupos 654 y 655. En el caso del Programa de ayudas a pymes artesanas el requisito para poder solicitar las ayudas será estar en posesión del documento de calificación artesana (DCA) actualizado debidamente y expedido por la Generalitat o documento equivalente emitido por una administración pública que acredite su condición artesana, En qué consiste la ayuda.

En qué consiste la ayuda

Ayudas a la pyme comercial: 50% de los gastos realizados con un tope de 40.000€ y una inversión mínima de 3000€

Ayudas Crea Artesania para asistir a ferias o certamenes: 40% de los gastos realizados con un tope de 7500€

Ayudas a personas y pymes artesanas para inversiones en equipamiento para el ejercicio y desarrollo de los oficios artesanos: 50% del gasto realizado con el tope de 30.000€ y una inversión mínima de 2000€

Qué gastos o acciones me cubren estas ayudas

Artesanos:
a) Las inversiones en equipamiento para el ejercicio y desarrollo de los oficios artesanos.

b) Participación como expositora en certámenes feriales, incluidos los realizados fuera de la Comunitat Valenciana, de carácter predominantemente artesano. Se considerarán susceptibles de recibir apoyo los gastos de alquiler de espacio y stand, así como los de montaje, desmontaje, decoración y rotulación del mismo.

c) Gastos derivados de la protección del producto, diseño o marca, así como los de incorporación de diseño en la definición y ejecución del producto.

d) Confección y edición de catálogos de producto, en cualquier soporte, incluido el coste del alojamiento en la web, en su caso.

e) Acciones de promoción de producto, a través de cualquier medio promocional.

f) Asistencia a cursos especializados de formación en diseño, calidad y especialización en su oficio, según su actividad artesana, organizado por entidades formativas, independientemente del lugar en que se realicen. Se consideran susceptibles de recibir apoyo únicamente los gastos de matrícula y otros conceptos generados por la entidad organizadora.

2. Comercio al por menor:
LAS INVERSIONES EN EQUIPAMIENTO, OBRAS E INSTALACIONES PARA LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES situados o que se implantarán en la Comunitat Valenciana, incluyendo las aplicaciones informáticas y gastos derivados de la creación de una página web vinculada al establecimiento, destinada a la implantación de la venta en línea o la integración en una plataforma en línea de comercio electrónico.

Estas inversiones se pueden destinar al equipamiento para la exposición, el almacenamiento y venta del producto, la señalización e identificación del establecimiento, sistemas de seguridad, accesibilidad, ahorro energético, tratamiento de residuos, etc.

Solo se subvencionarán las obras realizadas en la zona de venta del establecimiento.

Plazos de ejecución de la ayuda

El plazo de ejecución de los gastos será desde el 1 de enero de 2026 hasta las siguientes fechas, según la ayuda que se solicite:
a) Asistencia y realización de certámenes o manifestaciones feriales: hasta el 15 de noviembre de
2026, con la posibilidad de extenderse hasta el 6 de diciembre de 2026, siempre que quede
justificado por su carácter sectorial específico, o realicen fuera del territorio nacional.

Resto de ayudas: hasta el 31 de octubre de 2026.

Asesoramiento especializado

Desde Asesoría Duart-Ferris ayudamos a autónomos y empresas a analizar si pueden beneficiarse de estas ayudas y a gestionar correctamente la solicitud.

Si estás pensando en contratar o ya has realizado una contratación recientemente, este es el momento de revisarlo.

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