La pausa del café se puede descontar de la nómina

Los descansos durante la jornada laboral pueden no ser considerados tiempo trabajado

Hace unos días se dio a conocer la sentencia de la Audiencia Nacional que respaldaba el derecho de una conocida empresa, a descontar la pausa para tomar un café o fumarse un cigarro de la nómina de los trabajadores.

La sentencia da luz verde a que las empresas puedan pedir a los trabajadores que fichen al salir y al entrar de estos descansos y así, descontarlos de su salario si no cumplen con la jornada laboral íntegra.

Solo en el caso de que el convenio colectivo o el propio contrato recojan el derecho a ausentarse, no se podrá descontar la pausa del café de la nómina.

La pausa del café es un derecho, pero no es tiempo trabajado

Es decir, mantener una pausa o descanso de 15 minutos, en una jornada de más de seis horas, es un derecho reconocido en el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores. Pero este derecho sólo se considera “tiempo de trabajo efectivo, cuando así esté establecido o se establezca por convenio colectivo o contrato de trabajo”. Con lo que las empresas tienen la posibilidad legal de descontar este tiempo de la nómina a sus trabajadores, de no ser este el caso.

Las opiniones que esto ha suscitado son numerosas y variadas, tanto a favor como en contra.

¿Cuánto cuesta a las empresas estos descansos?

Estudios como el VIII Informe Adecco sobre Absentismo, realizado por The Adecco Group Institute, recoge que la pérdida anual que podrían acumular las empresas en España en su conjunto por estos descansos, oscilaría entre los 1.100 euros y los 3.300 millones de euros anuales. Siempre considerando que las pérdidas de tiempo por trabajador fueran de entre 15 y 45 minutos por jornada.

A pesar de ello, el mismo informe refleja que la mayoría de estas empresas considera que los trabajadores no abusan de estas prácticas (un 45,7% de ellas) o que sus compañías no tienen suficientes mecanismos de control para valorarlo (14% de empresas).

Pero ¿son más productivos los trabajadores que realizan estas pausas?

Ante esta nueva situación, originada en parte por la obligación de registrar la jornada de los trabajadores, muchos defienden la necesidad de estas pausas y el beneficio que las empresas también obtienen de ellas.

Como recoge el periodista de El País, Jaime Rubio Hancock, en su artículo publicado en Verne, numerosos expertos como el doctor Francisco José Sáez, responsable del área de salud laboral de la Sociedad Española de Médicos Generales y de Familia, señalan que estos descansos no solo son necesarios, sino que “evitan bajas y mejoran la productividad de los trabajadores”.

Al final, reconocer o no estas pausas como parte de la jornada laboral y descontarlas o no de la nómina, es una decisión que se tomará según la cultura y valores de cada empresa y según la capacidad de diálogo con sus trabajadores. Si necesitas asesoramiento sobre estas cuestiones, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

Foto: Imagen de StartupStockPhotos en Pixabay 

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