El Gobierno flexibiliza los aplazamientos de las cuotas de la Seguridad Social para empresas y autónomos

El primer plazo para solicitar los aplazamientos es hasta el 10 de abril

Las nuevas medidas urgentes para hacer frente al COVID-19 – aprobadas por el Gobierno en el Real Decreto 11/2020 de 31 de marzo -, establecen las siguientes novedades de carácter socio-laboral para empresas y autónomos:

  • Podrán solicitar el aplazamiento de las cuotas que se pagan en abril a un interés del 0,5%, siete veces inferior al establecido en la ley.
  • Además, las cuotas que se paguen mayo, junio, y julio podrán ser objeto de moratoria, para su abono seis meses después, sin recargos ni intereses.
  • Si no se tuviese derecho a moratoria, podrán también solicitar el aplazamiento al interés del 0,5%, durante mayo y junio.
  • Los autónomos cuya actividad quedó suspendida por el decreto de alarma, no tendrán recargos si pagan las cuotas previas fuera de plazo.
  • Tanto las moratorias como los aplazamientos deben solicitarse antes del transcurso de los 10 primeros días naturales del plazo reglamentario de ingreso. El primer plazo de solicitud será hasta el 10 de abril del 2020 (se deberá solicitar antes por ser ese día festivo).

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