El asesor informado: los Presupuestos Generales del Estado, los gastos no sujetos al IRPF y las multas de los ERTE

Las noticias más importantes para tu empresa cada semana

Desde el asesor informado te animamos a revisar las noticias más importantes para tu empresa cada semana. Además, te explicamos por qué son relevantes para ti y cómo te afectan.

Las novedades normativas de los Presupuestos Generales del Estado 2021

Los nuevos Presupuestos Generales del Estado, además de relevantes medidas de carácter fiscal y laboral, establecen nuevas modificaciones en diversas normas. Estas novedades quedan recogidas en las 47 Disposiciones Finales de los Presupuestos Generales del Estado, que acaban de ser publicados en el BOE. También las puedes consultar en el siguiente artículo.
Si quieres que te asesoremos de manera individualizada sobre las novedades que afectan a tu empresa o en caso de que seas autónomo, contacta con nosotros.
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El Supremo señala que las dietas y gastos de mantenimiento no sujetos al IRPF deben ser probados por el empleador

El Tribunal Supremo, en su sentencia fechada el pasado 3 de diciembre, ha establecido que es el empleador, y no el empleado, el que debe acreditar ante la Agencia Tributaria los justificantes de gastos no sujetos a IRPF. Así, una vez que el trabajador ha entregado a su empresa los justificantes de los gastos y estos le han sido abonados, la Agencia Tributaria debe dirigirse a la empresa, que tendrá que demostrar que dichos gastos fueron efectivamente realizados.
Si tu empresa tiene que justificar gastos no sujetos al IRPF ante la Administración y necesitas clarificar cómo te afecta esta sentencia, contacta con nosotros.
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Posibles penas de cárcel para infracciones graves en los ERTE

El Ministerio de Trabajo baraja elevar las consecuencias de las infracciones más graves de los ERTE al ámbito penal. Por ejemplo, para casos de extrema gravedad relacionados con fraudes en la aplicación de los ERTE –cuando la cuantía defraudada supere los 50.000 euros– estudian la aplicación del artículo 307 del Código Penal, que castiga el fraude a la Seguridad Social con penas de prisión de entre uno y cinco años, y una multa equivalente a seis veces el dinero impagado o recibido indebidamente de las arcas públicas.
Por el momento, lo que sí parece claro es que el nuevo decreto ley que prepara el Ministerio recogerá un incremento del 20% en las multas este año. Además, se ultima también una actualización de la tabla de multas de la Ley de Infracciones. De esta manera, las empresas que infrinjan la normativa laboral se enfrentan a sanciones que pueden llegar hasta 225.000 euros. Todavía no se ha decidido si las multas se aplicarán con carácter retroactivo a 1 de enero de 2021.
Si tu empresa se acogió a un ERTE y necesitas más asesoramiento, contacta con nosotros.
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No te pierdas la próxima semana las noticias de la semana más importantes para tu empresa.

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