El asesor informado: la devolución de ingresos indebidos, moratoria en el pago a la Seguridad Social y el registro de ordenadores

Las noticias más importantes para tu empresa cada semana

Desde el asesor informado te animamos a revisar las noticias más importantes para tu empresa cada semana. Además, te explicamos por qué son relevantes para ti y cómo te afectan.

Cómo subsanar el pago de los ingresos de más a la Seguridad Social

Si eres autónomo y has ingresado de más a la Seguridad Social, estás de suerte. La Seguridad Social ha puesto en marcha un servicio para devolver los ingresos indebidos, que incluirá el pago de intereses de demora. Los intereses se calcularán en función de la fecha de ingreso del dinero en la Tesorería General de la Seguridad Social hasta la fecha en la que se realizará el pago. Aunque no se devolverán las cuotas, cuando se trate de ingresos hechos de manera maliciosa.
Si quieres solicitar la devolución de ingresos indebidos, contacta con nosotros.
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Nueva moratoria en el pago de las cuotas a la Seguridad Social de hasta tres meses

Las empresas y trabajadores autónomos incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social podrán fraccionar los pagos de enero a marzo con un recargo del 0,5%. En el caso de las empresas, se establece la posibilidad de una moratoria en las cuotas cuyo devengo tenga lugar entre los meses de diciembre del 2020 y febrero del 2021, cuyos pagos en efectivo corresponden a los meses de enero, febrero y marzo del año próximo. En el caso de los trabajadores autónomos, se abre la moratoria para las cuotas cuyo devengo corresponda a los meses de enero a marzo del 2021, cuyos pagos corresponden a los meses de febrero, marzo y abril.
Si quieres aplazar el pago de tus impuestos contacta con nosotros.
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Los jueces y fiscales deberán autorizar el registro de ordenadores

El Anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal del Ministerio de Justicia señala que la simple autorización del registro domiciliario por el fiscal, en su calidad de director de la investigación, no habilita para que la Administración pueda acceder a ordenadores, instrumentos de comunicación telefónica o telemática o dispositivos de almacenamiento masivo de información digital o el acceso a repositorios telemáticos de datos. Así pues, ante la falta de consentimiento del titular del domicilio o lugar de la actividad societaria, se precisará la autorización del juez de garantías, que deberá de fijar el alcance del registro, determinando, en su caso, si han de realizarse copias de los datos informáticos.
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