Nueva Reforma del Reglamento de Extranjería

Reforma del Reglamento de Extranjería
Reforma del Reglamento de Extranjería

La nueva Reforma del Reglamento de Extranjería, del pasado 26 de julio, mejora el modelo migratorio, agiliza los procedimientos de resolución y favorece la incorporación al mercado laboral.

Esta reforma trae novedades como el Arraigo para la Formación, el trabajo para estudiantes o la Autorización de residencia y Trabajo por Cuenta propia.

Reforma del Reglamento de Extranjería. Formación y trabajo.

Los estudiantes extranjeros podrán compaginar sus estudios con un trabajo. Esta es una de las principales novedades que entrarán en vigor el próximo 16 de agosto. Esta medida afecta, según cálculos de la Seguridad Social a 50000 extranjeros que están cursando sus estudios en España.

Se entiende que deberán ser estudios superiores, de formación para el empleo, para la obtención de un certificado de profesionalidad o de aptitud técnica o habilitación profesional para una labor muy específica.

Estos contratos laborales no podrán superar las 30 horas semanales y deberán ser compatibles con los estudios cursados. Este derecho estará vigente mientras se prolongue su formación.

Reforma del Reglamento de Extranjería. Arraigo Laboral.

La norma permitirá obtener una autorización de residencia temporal por arraigo, a las personas extranjeras que acrediten la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de dos años y demuestren que durante esos dos años han estado trabajando legalmente como mínimo 6 meses durante 30 horas semanales o 15 horas semanales durante un año.

De este modo se facilita la a los estudiantes que trabajan durante sus estudios acceder al arraigo laboral una vez finalizados. Si durante su formación acceden a un contrato laboral de 30 horas semanales durante 6 meses ya cumplirían con esta condición.

Menos trabas

La renovación de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena se hará para 4 años.

Arraigo social.

El contrato que se presente para solicitar la correspondiente autorización se valorará por su  adecuación al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y deberá representar una jornada semanal no inferior a treinta horas en el cómputo global. Se posibilita que este contrato tenga una duración de mínimo 20 horas en los casos que se acredite menores a cargo o personas que precisen medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica.

Arraigo para la formación.

Se concede una autorización de residencia por un periodo de 12 meses a las personas extranjeras que acrediten una permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de dos años y se comprometan a realizar una formación reglada para el empleo.

Reforma del Reglamento de Extranjería. Contratación en origen.

Se modifica el sistema de elaboración del Catálogo de ocupaciones de difícil cobertura para que se pueda contratar en origen a trabajadores en sectores donde realmente existe demanda de empleo.

También se reducen el tiempo para que una empresa pueda justificar que no encuentra mano de obra en España. Se ha pasado de 25 a 8 días los que tiene que estar presentada una oferta en el SEPE sin cubrir.

La reforma también recorta los tiempos que tiene el SEPE para emitir el «certificado de insuficiencia de demandantes». Antes tenía cinco días, una vez finalizado el proceso de selección, y ahora lo tiene que hacer en tres días.

Estas son algunas claves de la reciente Reforma del Reglamento de Extranjería. Ante cualquier duda siempre puedes contactar con nosotros y estaremos a tu disposición para ayudarte.


Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *