Octubre es uno de los meses importantes del calendario fiscal para autónomos y empresas. Con el inicio del último trimestre del año llega el momento de presentar determinadas declaraciones y autoliquidaciones correspondientes al tercer trimestre de 2026.
Aunque no todos los autónomos y empresas están obligados a presentar los mismos modelos, conocer las obligaciones fiscales que pueden afectar a tu actividad es fundamental para evitar olvidos, errores y presentaciones fuera de plazo.
En términos generales, el plazo de presentación de muchas de estas declaraciones correspondientes al tercer trimestre comienza el 1 de octubre y finaliza el 20 de octubre de 2026.
Pero ¿qué modelos deben presentar los autónomos y las empresas?
¿Qué impuestos se presentan en octubre?
Las obligaciones fiscales del tercer trimestre dependen de factores como la actividad desarrollada, el régimen fiscal, si existen trabajadores, si se pagan alquileres sujetos a retención o si se realizan determinadas operaciones.
Entre los modelos que pueden corresponder al tercer trimestre se encuentran:
- Modelo 303: autoliquidación trimestral del IVA.
- Modelo 130: pago fraccionado del IRPF para empresarios y profesionales en estimación directa.
- Modelo 131: pago fraccionado del IRPF para empresarios y profesionales en estimación objetiva.
- Modelo 111: retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del trabajo y actividades profesionales.
- Modelo 115: retenciones e ingresos a cuenta derivados del alquiler o subarrendamiento de determinados inmuebles urbanos.
- Modelo 123: retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario.
- Modelo 202: pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades, cuando corresponda.
- Modelo 349: declaración recapitulativa de determinadas operaciones intracomunitarias, cuando exista obligación de presentarla.
La Agencia Tributaria recoge estos modelos dentro de sus obligaciones tributarias y especifica el contenido de cada uno.
Modelo 303: declaración trimestral del IVA
El modelo 303 es la autoliquidación del IVA.
Los autónomos y empresas que tributan por este impuesto y presentan declaraciones con periodicidad trimestral deben liquidar en octubre el IVA correspondiente al tercer trimestre del año, que comprende los meses de julio, agosto y septiembre.
El plazo general para las autoliquidaciones trimestrales de IVA es del 1 al 20 del mes siguiente al periodo de liquidación. Por tanto, para el tercer trimestre, la presentación se realiza durante octubre.
Para preparar correctamente el modelo será necesario revisar, entre otros aspectos, las facturas emitidas y recibidas, el IVA repercutido y soportado y las circunstancias particulares de la actividad.
Modelo 130: IRPF en estimación directa
El modelo 130 corresponde a los pagos fraccionados del IRPF de empresarios y profesionales que determinan el rendimiento de su actividad mediante el régimen de estimación directa.
El tercer pago fraccionado del año se presenta en octubre.
La Agencia Tributaria establece para este modelo un plazo comprendido entre los días 1 y 20 de octubre para el pago fraccionado correspondiente al tercer trimestre.
No obstante, no todos los autónomos tienen necesariamente que presentar este modelo. La obligación depende de su situación fiscal y de las características de su actividad.
Modelo 131: autónomos en estimación objetiva
Los autónomos que determinan el rendimiento de su actividad mediante el régimen de estimación objetiva utilizan el modelo 131 para sus pagos fraccionados.
Al igual que el modelo 130, el correspondiente al tercer trimestre debe presentarse durante octubre, dentro del plazo establecido por la Agencia Tributaria.
Por tanto, la elección entre modelo 130 y 131 depende del régimen de determinación del rendimiento de la actividad.
Modelo 111: retenciones de trabajadores y profesionales
Las empresas y autónomos que hayan practicado determinadas retenciones pueden tener que presentar el modelo 111.
Este modelo recoge retenciones e ingresos a cuenta relacionados, entre otros, con:
- Rendimientos del trabajo.
- Actividades profesionales.
- Determinadas actividades agrícolas, ganaderas y forestales.
- Premios y otros rendimientos sujetos a retención.
En el tercer trimestre, las retenciones correspondientes a julio, agosto y septiembre se liquidan en octubre cuando existe obligación de presentar este modelo. La Agencia Tributaria identifica el modelo 111 como la declaración correspondiente a estas retenciones.
Modelo 115: retenciones por alquiler
¿Tu empresa o actividad profesional desarrolla su actividad en un local alquilado?
En determinadas circunstancias, el alquiler de un inmueble urbano puede estar sujeto a retención.
Cuando existe esta obligación, las retenciones correspondientes al tercer trimestre se declaran mediante el modelo 115.
Es importante comprobar las condiciones concretas del arrendamiento y si existe obligación de practicar retención, ya que no todos los alquileres tienen necesariamente el mismo tratamiento fiscal.
Modelo 123: determinadas rentas del capital mobiliario
El modelo 123 se utiliza para determinadas retenciones e ingresos a cuenta relacionados con rendimientos del capital mobiliario y determinadas rentas.
No es un modelo que afecte a todos los autónomos o empresas, pero puede resultar aplicable en función de las operaciones realizadas durante el trimestre.
Por eso, revisar las obligaciones fiscales no consiste simplemente en memorizar un listado de modelos: es necesario analizar las operaciones realizadas durante el periodo.
Modelo 202: pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades
Las sociedades que estén obligadas a realizar pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades pueden tener que presentar en octubre el modelo 202, correspondiente al segundo pago fraccionado del ejercicio.
Esta obligación afecta a determinadas entidades y depende de las circunstancias fiscales de cada sociedad.
Por ello, las empresas deben revisar su calendario fiscal específico y comprobar si están obligadas a realizar este pago.
Modelo 349: operaciones intracomunitarias
Si una empresa o profesional realiza determinadas operaciones con empresarios o profesionales establecidos en otros Estados miembros de la Unión Europea, puede existir obligación de presentar el modelo 349, declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
Su periodicidad depende de las circunstancias y del volumen de las operaciones, por lo que no todos los contribuyentes que realizan operaciones internacionales presentan necesariamente este modelo de forma trimestral.
¿Todos los autónomos tienen que presentar los mismos modelos?
No.
Esta es una de las cuestiones más importantes.
Dos autónomos pueden desarrollar actividades completamente diferentes y tener obligaciones fiscales distintas.
Por ejemplo:
Autónomo A
Puede estar obligado a presentar IVA y pagos fraccionados de IRPF.
Autónomo B
Puede tener, además, trabajadores a su cargo y un local alquilado, por lo que podrían aparecer obligaciones relacionadas con retenciones.
Empresa C
Puede tener obligaciones de IVA, retenciones, operaciones intracomunitarias y pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades.
Por eso, el calendario fiscal debe adaptarse a la situación concreta de cada contribuyente.
¿Qué documentación conviene preparar antes de octubre?
No conviene esperar al último momento para recopilar toda la información.
Para preparar las declaraciones del tercer trimestre es recomendable tener organizada, entre otra documentación:
📂 Facturas emitidas durante julio, agosto y septiembre.
📂 Facturas recibidas y gastos relacionados con la actividad.
📂 Justificantes y documentación de los gastos deducibles.
📂 Información sobre cobros y pagos.
📂 Nóminas y documentación relacionada con trabajadores, cuando corresponda.
📂 Recibos de alquiler sujetos a retención, si procede.
📂 Información sobre operaciones intracomunitarias.
📂 Información bancaria y otros documentos necesarios para la correcta contabilización y liquidación de los impuestos.
Una documentación ordenada facilita la preparación de las declaraciones y permite detectar posibles incidencias antes de presentar los modelos.
¿Qué ocurre si presento los impuestos fuera de plazo?
Los plazos fiscales deben tomarse en serio.
Presentar una declaración fuera de plazo puede generar consecuencias económicas, que dependerán de las circunstancias concretas, de si existe cantidad a ingresar, de cuándo se presenta y de otros factores.
Por eso, si se aproxima el vencimiento y todavía no tienes preparada la documentación, lo recomendable es actuar con anticipación y consultar tu situación en lugar de esperar a que termine el plazo.
Octubre: una oportunidad para revisar algo más que los impuestos
Las declaraciones trimestrales no deberían entenderse únicamente como un trámite administrativo.
El cierre del tercer trimestre proporciona información muy útil sobre la evolución del negocio.
Puede ser un buen momento para analizar:
- Evolución de la facturación.
- Gastos acumulados.
- Margen y rentabilidad.
- Tesorería.
- Clientes pendientes de pago.
- Previsiones para el último trimestre.
- Inversiones previstas.
- Evolución respecto a los objetivos marcados al comienzo del año.
De esta forma, la información fiscal y contable puede convertirse también en una herramienta para tomar decisiones empresariales.
Checklist de impuestos del tercer trimestre
Antes de que llegue el 20 de octubre, comprueba:
☑️ ¿Tienes registradas todas las facturas del tercer trimestre?
☑️ ¿Has revisado los gastos y su correspondiente justificación?
☑️ ¿Has comprobado el IVA repercutido y soportado?
☑️ ¿Has revisado los pagos fraccionados de IRPF, si corresponden?
☑️ ¿Has comprobado las retenciones practicadas?
☑️ ¿Tienes trabajadores o profesionales a los que hayas practicado retenciones?
☑️ ¿Pagas un alquiler sujeto a retención?
☑️ ¿Has realizado operaciones intracomunitarias?
☑️ ¿Tu sociedad tiene que realizar un pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades?
☑️ ¿Tienes preparada la documentación necesaria?
Planificar octubre para evitar prisas
Los impuestos del tercer trimestre de los autónomos y las obligaciones fiscales de las empresas pueden variar considerablemente según la actividad y las circunstancias de cada contribuyente.
Por eso, no existe un único listado de modelos válido para todos.
Lo importante es identificar correctamente las obligaciones que corresponden a tu actividad, preparar la documentación con tiempo y comprobar los plazos.
En Duart-Ferris ayudamos a autónomos y empresas a gestionar sus obligaciones fiscales y a planificar su actividad para afrontar cada trimestre con mayor previsión.
Porque cumplir con tus obligaciones fiscales es importante. Pero hacerlo con planificación también puede ayudarte a gestionar mejor tu negocio.

