El asesor informado: Relación de subvenciones activas para PYMES

Las noticias más importantes para tu empresa cada semana

Desde el asesor informado te animamos a revisar las noticias más importantes para tu empresa cada semana. Además, te explicamos por qué son relevantes para ti y cómo te afectan.

Aquí tenéis todas las ayudas y subvenciones activas para pymes, ya que en breve se abren todos los plazos para poder solicitar las ayudas publicadas a finales del año pasado para el ejercicio 2022.

Os dejamos el listado de ayudas activas hasta el momento para 2022 y el resumen en cada caso sobre requisitos, fechas, gastos subvencionables etc. para que podáis valorar si son de interés para vuestra empresa. Además, como siempre podéis solicitar un estudio o asesoramiento personalizado para estudiar vuestro caso a través de COTERPA, la Consultora que colabora con nuestro despacho para el asesoramiento y tramitación de las ayudas para financiar inversión en proyectos e inmovilizado o bien para cubrir determinadas contingencias.


Si estáis interesados en recibir información y asesoramiento, o bien en tramitar alguno de los programas que se detallan a continuación, pueden contactar directamente con COTERPA, siendo la persona de contacto M.ª José
Marqués (mjmarques@coterpa.com o en el número de teléfono 628628024).


Cualquier incidencia o duda, la pueden comentar con la persona responsable de los departamentos fiscal o laboral, asignada en Duart Ferrís y resolveremos la cuestión planteada.


A continuación, os detallamos un listado de ayudas con la fecha en la que finaliza el periodo de presentación y posteriormente, encontraréis una explicación de los requisitos y condiciones a cumplir para acceder al programa de ayuda.

Listado de ayudas

  1. Ayudas para la ejecución de programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable (RD 477/2021). Abierta hasta el 31/12/2023.
  1. Ayudas en materia de inversiones para mejorar la competitividad y sostenibilidad de las pymes industriales de determinados sectores. Abierta hasta el 04/03/2022.
  2. Ayudas para la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila combustible, dentro del programa de incentivos Moves III. Abierta hasta el 31/12/2023.
  3. Ayudas para implantación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos. Abierta hasta el 31/12/2023.
  4. Subvenciones a proyectos de Digitalización Pyme (DIGITALIZA-CV) para el desarrollo de proyectos consistentes en la implantación y puesta en marcha de soluciones innovadoras. Abierta hasta el 03/03/2022.
  5. Ayudas a las inversiones en mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrícolas. Abierta hasta el 27/02/2022.
  6. Ayudas en materia de comercio, consumo y artesanía para el ejercicio (Avalem Comerç, Avalem Artesanía, Emprenem Comerç). Abierta hasta el 04/02/2022.
  7. Subvenciones a actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes (Programa PREE 5000). Abierta hasta el 31/12/2023.
  8. Subvenciones de los «Bonos KIT DIGITAL» para pymes y autónomos Abierta hasta el 31/12/2023.
  9. Ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial. Abierta hasta el 30/06/2023.
  10. Ayudas para la replantación de parcelas frutícolas cuyo cultivo sea o haya sido destruido, para evitar la propagación de Xylella fastidiosa, ejercicio 2022. Abierta hasta el 31/01/2022.
  11. Programa MOVES III, de incentivos ligados a la movilidad eléctrica. Abierta hasta el 31/12/2023.
  12. Ayudas a la mejora de la competitividad y sostenibilidad de las explotaciones ganaderas de la Comunidad Valenciana. Abierta hasta el 28/02/2022.
  13. Ayudas para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias. Abierta hasta el 31/12/2023.
  14. Subvenciones a los seguros agrícolas, ganaderos y forestales comprendidos en el 42º Plan de Seguros Agrarios Combinados. Abierta hasta el 31/07/2022.
  15. Ayudas para el fomento de la innovación tecnológica a través de fincas o explotaciones colaboradoras para el año 2022. Abierta hasta el 10/02/2022.

Resumen de las ayudas cuya solicitud ya se puede tramitar

Ayudas en materia de inversiones para mejorar la competitividad y sostenibilidad de las pymes industriales de determinados sectores


Para apoyar la realización de proyectos de inversión que supongan la mejora de la competitividad industrial de las pymes de la Comunitat Valenciana.


¿Quién puede pedirla?
Pequeñas y medianas empresas privadas, que desarrollen o vayan a desarrollar en la Comunitat Valenciana una actividad industrial productiva vinculada directamente a los sectores industriales de: – Automoción, espacial y de la aeronáutica – Biotecnología, producción Audiovisual, de videojuegos, de animación y de realidad aumentada y virtual – Cuero y calzado – Cerámica, vidrio y materiales de construcción no metálicos – Envases y embalajes – Juguete – Madera, muebles y aparatos de iluminación – Mármol, piedra natural y áridos – Metal-mecánico – Papel y artes gráficas – Plástico – Químico – Textil – Valorización de materiales


¿Qué plazos existen para la solicitud?
El plazo para solicitar las ayudas se abre el 11/01 y finaliza el 04/03/2022.

¿En qué consiste la ayuda?
La ayuda consistirá en una subvención del 35% del total de los gastos considerados como subvencionables.

¿Qué modalidades existen?
Serán gastos subvencionables los proyectos de inversión que supongan la mejora de la competitividad industrial de las pymes de la Comunitat Valenciana, mediante la creación de un nuevo establecimiento industrial, la ampliación, mejora o modernización de un establecimiento existente, así como la diversificación de la producción o cambios esenciales en los procesos productivos existentes en un establecimiento, a excepción de la implantación de equipos de eficiencia energética o sistemas de recuperación o gestión energética.


¿Qué gastos o acciones me cubre?

  • Costes externos de adquisición de maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales directamente vinculados a la producción, a condición de que sean necesarios para la implantación, mejora o modernización de las líneas de producción. -Los costes de mejoras en maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales preexistentes en el inventario de la empresa, siempre que estén vinculados a la producción industrial, y consistan en cambios de componentes esenciales que supongan un avance sustancial en la eficiencia energética de la misma, en sus capacidades productivas, en la seguridad industrial de la empresa o en la seguridad laboral de las personas trabajadoras que las utilizan. – Costes externos de adquisición, diseño a medida, implantación o puesta en funcionamiento de activos inmateriales, como patentes, marcas, modelos de utilidad y licencias de fabricación, diseños
    industriales o de producto, así como el software, las aplicaciones o los desarrollos e innovaciones industriales realizadas por terceros para la empresa beneficiaria, siempre que estén vinculados directamente a la producción industrial. – Los costes imprescindibles para el registro, obtención, validación y defensa de patentes, marcas, modelos de utilidad, diseños y desarrollos industriales y otros conocimientos técnicos, generados por la empresa beneficiaria. – Los costes externos incurridos para obtener la certificación u otras formas de homologación o normalización de productos. – Costes de contratación externa de ingeniería industrial siempre que sean claramente necesarios para la ejecución del proyecto de inversión. – Gastos de la auditoría para la elaboración del informe de revisión de la documentación justificativa de la subvención, por empresa auditora externa inscrita como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, hasta un importe máximo subvencionable de 600€.

Subvenciones a proyectos de Digitalización Pyme (DIGITALIZA-CV) para el desarrollo de proyectos consistentes en la implantación y puesta en marcha de soluciones innovadoras

Ayudas que tienen como objetivo incrementar el nivel tecnológico de las pymes industriales y de servicios a la industria mediante la implantación de nuevas tecnologías electrónicas, informáticas y de las comunicaciones, TEIC.

¿Quién puede pedirla?
Pymes con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana, que desarrollen actividades encuadradas en alguno de los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE): a) Secciones C, D, E y F-Divisiones 10 a 43. b) Sección H-Divisiones 49 a 53. c) Sección J-Divisiones 58 a 63. d) Sección M-Divisiones 69 a 74. En ningún caso podrán ser beneficiarias las empresas que desarrollen actividades financieras, inmobiliarias, de producción primaria de productos agrícolas o que operen en los sectores de la pesca y la acuicultura.


¿Qué plazos existen para la solicitud?
El plazo de solicitud es desde el 12/01/2022 hasta el 03/03/2022.


¿En qué consiste la ayuda?

  1. La ayuda consistirá en una subvención calculada como un porcentaje sobre los costes subvencionables del proyecto, con una cuantía variable en función del tamaño de empresa: a) Pequeña empresa: hasta el 40% b) Mediana empresa: hasta el 30% La cuantía de subvención no podrá superar el importe de 100.000 euros.

¿Qué modalidades existen?
a) Sistemas de información para la gestión del ciclo de vida de productos y servicios.


b) Control de procesos productivos, sistemas de captura de datos, mantenimiento preventivo, automatización, y sensorización asociados a producto, servicio y proceso.


c) Sistemas de planificación de recursos empresariales, logística interna y externa, e integración de cadena de valor horizontal y vertical, así como sistemas de información relacionados con proyectos de economía circular.

d) Sistemas avanzados de seguridad, análisis de datos e inteligencia artificial, relacionados con algún ámbito de los detallados en las anteriores actuaciones.


¿Qué gastos o acciones me cubre?
El presupuesto subvencionable de cada proyecto, calculado como suma de los importes susceptibles de subvención, deberá ser igual o superior a los 15.000 euros. Las inversiones subvencionadas, por norma general, deberán mantenerse inalterables durante los cinco años siguientes al pago de la subvención.

a) Adquisición de Software relacionado con el desarrollo de los proyectos (licencias, desarrollo de aplicaciones.) b) Adquisición de hardware, sensores, automatismos y equipos de comunicaciones c) Costes de servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, planificación o definición de los servicios previstos en las actuaciones apoyables. El importe máximo admisible será el que resulte menor de los siguientes: un 15% del resto de costes subvencionables o 14.500 euros.

Ayudas a las inversiones en mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrícolas

Mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrícolas enumerados en el anexo I del TFUE, excluidos los productos de la pesca y la acuicultura.


¿Quién puede pedirla?
Personas físicas o jurídicas, que operen como empresas agroalimentarias del sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos y de la alimentación, y además: – sean considerados PYME – Soporten real y efectivamente la carga financiera de las inversiones materiales, y gastos que se consideren subvencionables. – Cumplan con las normas comunitarias aplicables a la actividad que desarrollan. También podrán tener la condición de beneficiarios las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las Comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, o actividades que motivan la concesión de la subvención.


¿Qué plazos existen para la solicitud?
El plazo de solicitud es desde el 28/12/2021 hasta el 27/02/2022.


¿En qué consiste la ayuda?
El importe de la ayuda en forma de subvención no podrá ser de tal cuantía que supere las siguientes intensidades máximas de ayuda:

a) El 30% del coste total de la actividad subvencionada en los supuestos en que el resultado del proceso productivo objeto de la inversión sea un producto del anexo I del TFUE, excluidos los productos de la pesca
y la acuicultura. Igualmente, la ayuda alcanzará el 40 % del coste total de la actividad subvencionada en las operaciones de inversión promovidas por microempresas, ubicadas en alguno de los municipios clasificados como territorio rural para la medida LEADER 2014/2020, siempre que el traslado o la nueva instalación no provoquen el desmantelamiento de otra empresa en el ámbito geográfico de la Comunitat Valenciana, ni produzca desabastecimientos en otra empresa de la misma zona o zonas limítrofes.

b) El 10% del coste total de la actividad subvencionada en los supuestos en que el resultado del proceso productivo objeto de la inversión no sea un producto del anexo I del TFUE, excluidos los productos de la pesca y la acuicultura.

Este porcentaje se verá incrementado en 10 puntos porcentuales más en el caso de pequeñas empresas y microempresas.


¿Qué gastos o acciones me cubre?

a) la compra o el arrendamiento con opción de compra de maquinaria y equipo

b) la adquisición o desarrollo de programas informáticos y TIC en general, las adquisiciones de patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas.

c) los costes generales vinculados a los gastos contemplados en las letras a y b con el límite del 8 % sobre los citados costes, tales como honorarios de ingenieros y asesores, honorarios relativos al asesoramiento sobre elección de ofertas de proveedores optimizadas desde el punto de vista económico y medioambiental (eficiencia en el ahorro de agua y en ahorro energético), incluidos los estudios de viabilidad para nuevas inversiones.

Ayudas en materia de comercio, consumo y artesanía ejercicio 2022

Para incrementar la competitividad, la innovación y la calidad en estos sectores económicos, así como el apoyo a las actuaciones de apoyo y defensa de las personas consumidoras, que continúan necesitando medidas coordinadas capaces de ofrecer una respuesta global, para incrementar la competitividad de estos sectores, así como para intentar paliar los efectos negativos de la pandemia.


¿Quién puede pedirla?
a) Las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como pymes o micropymes, y que: – Estén en posesión del documento de calificación artesana debidamente actualizado y expedido por la Generalitat – Ejerzan o vayan a ejercer la actividad comercial en la Comunitat Valenciana, en alguna de las actividades según: CNAE: Sección G, División 47, excepto los grupos y clases 4726, 473, 4773, 478 y 479. IAE: Sección Primera, División 6, Agrupaciones: Agrupación 64 excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5. Agrupación 65 excepto el epígrafe 652.1 y los grupos 654 y 655. Siendo micropymes ejerzan la actividad comercial en la Comunitat Valenciana en el grupo 478 del CNAE o en el grupo 663 del IAE.

b) Agrupaciones de profesionales del comercio o la artesanía, con sede o delegación permanente en la Comunidad Valenciana.

c) Asociaciones y Federaciones, u otra forma de unión de asociaciones, de personas consumidoras y usuarias inscritas en el Registro Público de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de la Comunitat Valenciana que no realicen actividad económica.

d) Entidades locales


¿Qué plazos existen para la solicitud?
El plazo de solicitud es desde el 10/01/2022 hasta el 04/02/2022.


¿En qué consiste la ayuda?

AVALEM ARTESANIA: la ayuda por solicitante será de hasta el 50 % con el límite de 5.000 euros. En el caso en que la persona artesana participe, y solicite apoyo para ello, en un certamen fuera del territorio español este límite será de 7.500 euros.

EMPRENEM COMERÇ: La ayuda, por establecimiento, será de hasta el 50 % con el límite de 10.000 euros, sin que en concepto de alquiler se superen los 5.000 euros de subvención.

AVALEM COMERÇ: La inversión aprobada no podrá ser inferior a 3.000 euros y la ayuda será de hasta el 50 % con el límite de 20.000 euros por solicitante, en
cada establecimiento, y en un periodo de 3 años.

AVALEM COMERÇ RURAL: la subvención podrá alcanzar el 60 % con el límite, por solicitante, de 20.000 euros en 3 años.

AVALEM MERCATS: La inversión aprobada no podrá ser inferior a 1.000 euros y la ayuda será de hasta el 50 % con el límite de 5.000 euros por beneficiaria en un plazo de 5 años.


¿Qué modalidades existen?

  • AVALEM ARTESANIA – EMPRENEM COMERÇ – AVALEM COMERÇ – AVALEM COMERÇ RURAL – AVALEM MERCATS
    ¿Qué gastos o acciones me cubre?
  • AVALEM ARTESANIA: -Participación como expositora en certámenes feriales, incluidos los realizados fuera de la Comunitat Valenciana, de carácter predominantemente artesano. Se considerarán susceptibles de recibir apoyo los
    gastos de alquiler de espacio y stand, así como los de montaje, desmontaje, decoración y rotulación del mismo. – Gastos derivados de la protección del producto, diseño o marca, así como los de incorporación de diseño en la definición y ejecución del producto. – Confección y edición de catálogos de producto, en cualquier soporte, incluido el coste del alojamiento en la web, en su caso. – Acciones de promoción de producto, a través de cualquier medio promocional. – Asistencia a cursos especializados de formación en diseño, calidad y especialización en su oficio.
  • EMPRENEM COMERÇ: los gastos corrientes derivados del mantenimiento de un establecimiento comercial con nueva titularidad o de la implantación de una actividad comercial en un local en el que, con anterioridad, se haya desarrollado actividad económica. El establecimiento deberá, en su caso, abrirse al público entre el 1 de febrero y el 30 de septiembre.
  • AVALEM COMERÇ. Se considerarán susceptibles de recibir apoyo las inversiones en equipamiento para el establecimiento comercial y la implantación de la venta online segura o su integración en una plataforma en línea de
    comercio electrónico.
  • AVALEM COMERÇ RURAL: se considerarán subvencionables las inversiones en equipamiento para el establecimiento comercial, incluyendo las aplicaciones informáticas y los gastos derivados de la creación de una página web,
    vinculada al establecimiento, si su fin es implantar la venta online segura o su integración en una plataforma en línea de comercio electrónico, en los establecimientos ubicados, o a implantar, en los municipios de menos de 1.000
    habitantes de la Comunitat Valenciana.
  • AVALEM MERCATS: realización de inversiones en la adaptación de vehículos de transporte como tienda, o en la instalación de equipo de frío para el transporte y la venta de productos de alimentación.

Ayudas a la mejora de la competitividad y sostenibilidad de las explotaciones ganaderas de la Comunidad Valenciana

Para favorecer las inversiones realizadas por los titulares de las explotaciones ganaderas con la finalidad de mejora de la competitividad y sostenibilidad.


¿Quién puede pedirla?
Titulares de explotaciones ganaderas de producción, reproducción y centros de concentración que radiquen en el territorio de la Comunidad Valenciana y estén inscritos en el Registro de Explotaciones Ganaderas de la CV.

¿Qué plazos existen para la solicitud?
El plazo de solicitud es desde el 15/01/2022 hasta el 28/02/2022.


¿En qué consiste la ayuda?
El porcentaje máximo de ayuda pública será el 40% del importe de los costes subvencionables, que podrá incrementar en un 10%, en los siguientes casos:

a) inversiones realizadas por jóvenes ganaderos que se hayan establecido durante los cinco años anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda.

b) las inversiones en zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas.

c) las inversiones para la mejora del entorno natural, las condiciones de higiene o las normas de bienestar animal, siempre que la inversión de que se trate supere las normas de la Unión Europea vigentes; el aumento del porcentaje previsto en el presente apartado será aplicable únicamente a los costes adicionales necesarios para lograr un nivel superior al de las normas de la Unión vigentes sin provocar un aumento de la capacidad de producción.


¿Qué modalidades existen?
ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES Grupo A. Mejora de la bioseguridad y condiciones higiénico-sanitarias. Grupo B. Mejora del bienestar de los animales y seguridad de la explotación. Grupo C. Promoción de la extensificación y reorientación de la producción, así como fomento de la ganadería ecológica. Grupo D. Reducción de costes y mejora de la calidad del producto final. Grupo E. Reducción de impacto ambiental y lucha frente al cambio climático.

¿Qué gastos o acciones me cubre?
a) los costes para la construcción o mejora de bienes inmuebles, excluida la compra de tierras.

b) la compra de maquinaria y equipo hasta el valor de mercado del producto.

c) la adquisición o desarrollo de programas informáticos para la gestión ganadera y la adquisición de patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas relacionados con la gestión ganadera.

d)La compra de animales de producción y reproducción exclusivamente en el caso de catástrofes naturales para restablecer el potencial productivo hasta el nivel existente antes de que se produjeran los desastres naturales o fenómenos climáticos adversos asimilables El plazo de justificación de las inversiones para el ejercicio 2022 finaliza el día 15 de octubre de 2022.

Ayudas para el fomento de la innovación tecnológica a través de fincas o explotaciones colaboradoras para el año 2022

El objeto de las ayudas es generar y financiar una red de transferencia de tecnología mediante el apoyo a fincas o explotaciones colaboradoras.
Son subvencionables los proyectos innovadores y de experimentación que versen sobre las materias relacionadas a continuación y que serán valorados según la base sexta de la Orden 28/2018, de 10 de diciembre, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural:
a) Adaptación del material vegetal a las condiciones ambientales de la Comunidad Valenciana (condiciones de cambio climático y/o escasez de recursos hídricos).
b) Modelo de producción y transformación agroecológica y/o sostenible.
c) Reducción de la contaminación y/o ahorro energético en la producción agroalimentaria.
d) Potenciación y valorización de los recursos genéticos autóctonos vegetales y
animales.
e) Proyectos realizados en zonas vulnerables, de montaña, parques naturales y Red Natura 2000.
f) Reutilización y valorización de los residuos agrarios y/o agroalimentarios.


¿Quién puede iniciarlo?

Interesados/Solicitantes
Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, titulares, cesionarias o arrendatarias de fincas o explotaciones agrícolas y/o ganaderas, con sede en la Comunitat Valenciana y cuya actividad esté relacionada con el objeto de la Orden 28/2018, de 10 de diciembre, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y
Desarrollo Rural.

Requisitos
Las personas beneficiarias de las ayudas deberán estar inscritas en el Registro General de Producción Agrícola (REGEPA) y/o en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA), y en su caso, en aquellos registros en los que sea obligatoria su inscripción.

Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro
La intensidad de la ayuda podrá ser de hasta un máximo del 100 % de los gastos subvencionables.
La cuantía de la ayuda a otorgar por beneficiario no podrá superar el importe de 15.000 euros anuales por titular de finca o explotación, o en su caso por entidad asociativa.

No te pierdas la próxima semana las noticias de la semana más importantes para tu empresa.

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