La ayuda es para apoyar los proyectos empresariales de personas emprendedoras y pymes de la Comunitat Valenciana, e irán destinadas a sufragar los gastos corrientes derivados del inicio y de la
consolidación de su proyecto empresarial.
Quién puede pedirla
Podrán solicitar las subvenciones previstas en esta convocatoria quienes cumplan los siguientes requisitos:
a) Ser persona emprendedora, entendiendo como tal a las personas físicas (empresarios individuales), o pyme con personalidad jurídica propia, que han emprendido en los últimos cinco años una actividad económica o productiva que ofrezca una ventaja competitiva.
b) Tener su domicilio social en la Comunitat Valenciana.
c) Que el proyecto empresarial esté relacionado con algún sector de actividad en auge que ofrezca oportunidades de futuro. A los efectos de esta convocatoria, se consideran actividades en auge:
- Transporte, movilidad sostenible y logística
- Ciberseguridad, servicios digitales, tecnológicos e inteligencia artificial
- Medioambiente, desarrollo sostenible, economía circular y energías renovables
- Agrario y alimentario
- Mundo rural y Smart cities
- Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento
- Turismo y hostelería
- Servicios financieros e inmobiliarios
- Deporte, salud, bienestar y estética
- Economía de los cuidados
- Sector aeroespacial
- Educación
Plazos que existen para la solicitud
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 12 de mayo hasta el 12 de junio de 2025, ambos días incluidos.
En qué consiste la ayuda
El presupuesto mínimo subvencionable será de 5.000 €, IVA excluido.
La cuantía de la subvención se determinará de la siguiente manera:
- Se aplicará el porcentaje del 70% al total de los gastos que sean considerados como subvencionables.
- El resultado de aplicar el citado porcentaje será la cuantía de la subvención, sin que en ningún caso pueda ser superior a 15.000 €.
Qué gastos o acciones me cubre
a) Gastos laborales del personal con contrato laboral por cuenta ajena empleado en la Comunitat Valenciana.
b) Gastos de contratación de colaboraciones externas para el inicio y consolidación del proyecto empresarial. Serán subvencionables en este apartado los costes externos para el desarrollo del plan de empresa, la estrategia de digitalización, estrategia para el crecimiento sostenible de la empresa, el desarrollo y posicionamiento de marca, así como los servicios de apoyo part-time o expertos en modalidad «interim-manager» en cualquier fase del proceso.
c) Gastos de gestoría, asesoría jurídica y gastos notariales y registrales para la realización del proyecto subvencionado.
d) Gastos de alquiler de locales, coworking, despachos o espacios imprescindibles para poder ejercer la actividad empresarial.
e) Gastos de servicios de publicidad, difusión y marketing, incluido el marketing digital y canales on-line, entre otros. Se incluyen expresamente en este apartado los gastos de diseño y desarrollo del packaging e identidad del producto o servicio.
Plazos de ejecución de la ayuda
Son subvencionables las actuaciones desarrolladas entre el 1 de junio de 2024 y el 30 de abril de 2025.
Para pedir más información sobre esta ayuda o solicitar la tramitación de la misma empresas y profesionales interesados pueden contactar con Mª José en mjmarques@coterpa.com o llamando al 628628024.